El pasado 23 de enero, los magistrados de la Corte Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas aceptaron la Apelación presentada sobre la Acción de Protección en el caso de esclavitud moderna denunciado por las y los trabajadores de Furukawa. Más de 20 días han transcurrido y el expediente aún no ha sido remitido al juez de primera instancia, Carlos David Vera Cedeño, para continuar con el trámite de la acción constitucional referida.
La falta de celeridad en los operadores de justicia sobre este caso constituye una violación a la debida diligencia y a la inmediatez que deben regir sobre una Acción de Protección. De acuerdo con el literal a), numeral 2 del Artículo 86 de la Constitución de la República del Ecuador: ”El procedimiento será sencillo, rápido y eficaz”. Por su parte, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala:
Art. 4.- Principios Procesales.- La justicia constitucional se sustenta en los siguientes principios procesales:
6. Dirección del proceso.- La jueza o juez deberá dirigir los procesos en forma activa, controlará la actividad de los participantes y evitará las dilaciones innecesarias.
11. Economía procesal.- En virtud de este principio, la jueza o juez tendrá en cuenta las siguientes reglas:
b) Celeridad.- Limitar el proceso a las etapas, plazos y términos previstos en la ley, evitando dilaciones innecesarias.
En este sentido, les recordamos a las servidoras y servidores judiciales que el Artículo 22 de la misma Ley establece sanciones para los casos de inobservancia; y reiteramos, una vez más, nuestro pedido para que se remita de manera urgente e inmediata el expediente de la Acción de Protección al juez Carlos David Vera Cedeño de la Unidad Judicial contra la Violencia de la Mujer o miembros del núcleo familiar del cantón Santo Domingo, para que se proceda con el trámite correspondiente.
Finalmente, las organizaciones de derechos humanos y campesina que acompañamos las demandas de las y los trabajadores abacaleros vulnerados en sus derechos por Furukawa manifestamos que esta dilación en el proceso profundiza aún más la situación precaria de las víctimas en tanto que vulnera el derecho del acceso a la Justicia. Además, demandamos, amparados en el marco legal vigente, celeridad en la administración de justicia, la reparación integral y la no repetición.
Para mayor información y entrevistas, comunicarse con:
Lourdes Silva 0992532712 / Alejandra Yépez 0992713867
Comments